ILEC

El concepto del origen divino del poder, postulado originariamente por todas las religiones, fue
desechado en el continente americano definitivamente en la primera mitad del siglo XIX. Sin
embargo, la preeminencia del poder civil en las decisiones de gobierno y en la institucionalidad
estatal aún no es del todo una realidad evidente y aceptada por todos.

En la lucha por lograr la definitiva independencia política de la monarquía española los patriotas tuvieron que enfrentarse a dos poderoso rivales: la Monarquía Española y la Iglesia Romana. Esta última hizo utilizó toda su influencia y recursos para impedir el debilitamiento del baluarte del catolicismo representado por España. Los papas Pío VII y León XII emitieron dos encíclicas: “Etsi Longissimo Terrarum” y “Etsi Iam Diu”, llamando a los católicos de América a no colaborar con lo que llamaron “Tiranía de los demonios” pidiendo sumisión a las autoridades españolas representadas por “Nuestro carísimo hijo en Jesucristo, Fernando, vuestro Rey Católico” para desarraigar y destruir completamente la funesta cizaña de alborotos y sediciones, en clara alusión al establecido delito de francmasonería. Por lo anterior, el primer documento constitucional del gobierno del Chile Independiente de José Miguel Carrera dice: “La religión Católica Apostólica es y será la de Chile” omitiendo el concepto de romana ya que la capital apostólica no tan solo se
opuso a la independencia sino que, además, no estaba dispuesta a reconocer a las nuevas
republicas, lo que aconteció recién en 1831. Por lo tanto, no resulta extraño que el gobierno
ordenara a la administración de la iglesia que en los libros parroquiales se inscribieran como
chilenos y no como españoles a todos los nacidos en el territorio de Chile.

La liberación del comercio, los nuevos periódicos y la libertad de imprenta permitieron la difusión
de la ideas liberales y racionalistas que pregonaban la separación de los problemas terrenales de
los divinos, a pesar del predominio político terrateniente y conservador unido a la iglesia romana.
El Director Supremo Ramón Freire, miembro de la Logia Lautarina, mandó en 1824 a confiscar los
bienes del clero, con excepción de los del culto, obtenidos gracias a privilegios otorgados por la
monarquía que fueron restituidos posteriormente por el Ministro Portales.

Factor importante en la difusión del laicismo en Chile fue la Sociedad Literaria de 1842
encabezada por dos personajes que con el tiempo se iniciarían en la Orden Masónica, José
Victorino Lastarria y Francisco Bilbao Barquín, quienes postulaban el rompimiento intelectual con
la España clerical y conservadora creando una nueva cultura americana.

Entre los postulados más sentidos del naciente liberalismo chileno, influidos por la Ilustración y los
postulados de la Masonería, se consigna el fin del clericalismo entendido como la influencia de la
iglesia en la vida pública a través del ejercicio de facultades que le corresponden al Estado. La
monarquía española le había entregado a la iglesia católica romana demasiados privilegios que se
consideraban incompatibles por las nuevas autoridades republicanas. La Ley Interpretativa de
1865 sobre la libertad de cultos permitía el culto, en edificios particulares, a todos aquellos que no
profesaran la religión católica, permitiéndose además a los disidentes crear y mantener escuelas
privadas para enseñar a sus hijos de acuerdo a las creencias de sus padres. En el Código Penal
promulgado en 1874 y en la Ley Orgánica de Tribunales se dispuso la abolición del fuero
eclesiástico que eximía a los canónicos ser juzgados en tribunales civiles para todas las causas
civiles y criminales.

En esta marco de confrontación ideológica entre los resabios monárquicos y las ideas
republicanas se dieron las condiciones para la promulgación, entre 1883 y 1884, de las así
llamadas leyes laicas durante el gobierno del Presidente liberal Domingo Santa María por las
cuales el Estado asume funciones ejercidas hasta entonces por la iglesia romana.

La ley de inhumación de cadáveres, del 2 de agosto de 1883, con la firma del Ministro del Interior
José Manuel Balmaceda y el Presidente Domingo San María, se establece la no discriminación
por credo religioso en el momento de entierro que se venía discutiendo en Chile desde los
primeros años post independencia, donde la Masonería jugo un rol protagónico, defendiendo sus
postulados de igualdad ante la ley, no discriminación y tolerancia. La iglesia romana, que
administraba los cementerios, pretendía decidir sobre la vida y la muerte de los seres humanos y
se oponía a que los no católicos fueran enterrados con ceremonias religiosas de acuerdo a sus
ritos. En 1854 se crea, en un costado del Cementerio General, el Patio de los Disidentes para
todos aquellos que no profesaran la religión católica romana. Para acceder a ello la iglesia oficial
de la época exigió que se construyera un muro de 7 metros de alto y 3 de largo que separara el
patio del resto del cementerio para que no se contaminaran los cristianos con los “impíos,
apostatas, disolutos o suicidas” lo que manifiesta que este no era un problema menor, toda vez
que hasta ese momento los disidentes eran enterrados en un basurero al costado oriente del cerro
Santa Lucía ya que no eran dignos de un lugar santo.

El 16 de enero de 1884 se promulga la ley de matrimonio civil por la cual la iglesia romana pierde
la facultad de consagrar y registrar los matrimonios. A partir de entonces los matrimonios que no
se celebrasen con arreglo a las disposiciones del Código Civil no producirían efectos legales y los
contrayentes quedaban libres de sujetarse o no a los requisitos y formalidades que prescribe la
religión a la que pertenecieran.

Culminación de lo anterior es la ley de Registro Civil, de julio de 1884, por la cual esta nueva
institución del Estado será la encargada de registrar los nacimientos, matrimonios y defunciones.
Por lo tanto, a la iglesia romana
se le retira la función de registro que cumplía por medio de los registros parroquiales.

El Presidente liberal Domingo Santa María, a quien debemos las leyes laicas, reflexionó en torno
ellas afirmando que “El haber laicizado las instituciones de mi país, algún día lo agradecerá mi
patria. En esto no he procedido ni con el odio del fanático ni con el estrecho criterio de un
anticlerical; he visto más alto y con mayor amplitud de miras. El grado de ilustración y de cultura a
que ha llegado Chile, merecía que las conciencias de mis ciudadanos fueran libertadas de
prejuicios medievales. He combatido a la iglesia, y más que a la iglesia a la secta conservadora,
porque ella representa en Chile, lo mismo que el partido de los beatos y pechoños, la rémora mas
considerable para el progreso moral del país”.

Los cambios políticos, sociales, culturales y económicos cuestionaron el predominio oligárquico de
Chile dando paso a nuevos actores políticos en la dirección del país, lo que permitió que asumiera
el mando de la nación una coalición que representaba a esta nueva realidad nacional encabezada
por el masón liberal Arturo Alessandri Palma con un programa de reformas y amplio apoyo
popular. La nueva Constitución de la República de 1925 que impulsaron estos nuevos actores,
trajo como consecuencia un régimen representativo, de tipo presidencialista y separación de
poderes que incluye la separación de la iglesia romana del Estado. A partir de entonces, la
República de Chile deja de tener una religión oficial consagrando la libertad de culto.

El 14 de octubre de 1999 fue publicada en el Diario Oficial la ley 19 638 que “Establece normas
sobre la constitución jurídica de las iglesias y organizaciones religiosas” llamada Ley de Culto. Por
esta el Estado garantiza la libertad religiosa y de culto, ninguna persona podrá ser discriminada en
virtud de sus creencias religiosas, ni tampoco podrán estas invocarse como motivo para suprimir,
restringir o afectar la igualdad consagrada en la Constitución y la ley. De esta manera la ley
termina con la discriminación hacia otras religiones con respecto a la iglesia romana.

Sin embargo, a pesar de los avances jurídicos con respecto a un Estado no confesional aún en
Chile, en la práctica, no podemos decir que el Estado es neutral con respecto a la religión ya que
la presencia, sobre todo de la Iglesia Romana, en las actividades oficiales y en el presupuesto de
la nación continúa siendo importante. La simbología religiosa en actos oficiales, capillas en
instituciones del Estado, celebraciones oficiales del Estado con ceremonias religiosas, viajes
oficiales de personeros del Estado de Chile mas en calidad de peregrinos que de representantes
de todos los chilenos, llaman la atención sobre el verdadero carácter no confesional del Estado de
Chile. El largo proceso por una Estado realmente laico en Chile, iniciado por los precursores de la
República, aún tiene un largo camino y desafíos por superar.