Círculo de Libre Pensamiento/ Kring voor het Vrije Denken

Federación nacional del Libre Pensamiento

 

 

Constitución, laicidad y financiación de los cultos.

Un llamamiento emanado de personalidades ha sido publicado para ilustrar el quincuagésimo aniversario de la creación, en 1969, del Círculo de Acción Laica belga. El congreso se verificó en Lieja, feudo tradicional del Libre Pensamiento, por lo tanto, se denomina el « Llamamiento de Lieja, por una laicidad universal ».

Nuestras dos asociaciones (CLP/KVD y FNLP) se han enterado de este llamamiento por vía de prensa y lo han estudiado detenidamente. Los militantes franceses se sorprendieron al observar que la presentación del llamamiento se encontraba bajo el patrocinio del Señor François Hollande, ex Presidente de la República francesa. Lo mismo ocurrió con los militantes belgas, al constatar que uno de los eminentes firmantes era Elio di Rupo quien fue Primer Ministro de la monarquía belga durante varios años.

Bien se puede apreciar en su esencia las generosas enunciaciones del « Llamamiento de Lieja » y al mismo tiempo, cuestionarse en cuanto a su preconización esencial « defender la inscripción [del pincipio de laicidad] en las Constituciones nacionales y los tratados internacionales ».

las Constituciones nacionales pertenecen a los pueblos constituyentes y los tratados internacionales a los Estados ; por lo tanto conviene contemplar, en forma distinta, esas dos instancias.

En primera instancia, nos llamó la atención la problemàtica de las Constituciones puesto que, en cada uno de nuestros paises, recientemente, la cuestión ha surgido y nos ha preocupado.

En Francia, la laicidad es constitucional desde las conquistas populares de la post guerra y precisamente desde la Constitución de 1946, la Constitución de la Va República. Sin embargo, màs precisamente en 2012, durante el mandato de François Hollande, la inscripción del principio de laicidad en la Constitución francesa mostró sus límites a causa de la falta de coraje político para formular la abrogación del estatuto concordatorio que permanece en tres departamentos, Alsacia y Mosela.

En Bélgica no hay Concordato : no hay necesidad ! El estatuto de la Iglesia católica es una aplicación de la doctrina ultramontana aceptada por los constituyentes. De vez en cuando vuelve a surgir el debate sobre la inscripción del principio de laicidad en la Constitución ( la última vez fue en el 2016) En ese entonces el Sr Elio di Rupio encabezaba el gobierno (entre 2011 y 2014), notemos que no puso al orden del día dicha inscripción.

Concretamente, en ambos paises, el hecho de girar a la Iglesia romana y a sus obras, sumas caudalosas (principalmente a sus instituciones de enseñanza), es reconocer, de hecho, la preeminencia de dicha confesión.

Por lo tanto, interrogamos fraternalmente a los firmantes del Llamamiento de Lieja (http://50ans.laicite.be/): en esos tiempos perturbados, puede hablarse de laicidad en las Constituciones sin plantear previamente la abrogación de los Concordatos, fuesen heredados de dictaduras viejas o recientes, o promovidos por la campaña del Papa Wojtyla (Pablo II°).

La laicidad, en tanto que protección de la libertad absoluta de consciencia, no puede prosperar si existe de facto el reconocimiento de un culto dominante mediante acuerdos particulares.

Mons, noviembre 9 de 2019.